miércoles, 23 de septiembre de 2020

Se aproxima el proceso de traslados ordinarios para los docentes

 


MAGISTERIO HUILENSE, se aproxima el proceso de traslado y es importante aclarar lo siguiente:

El decreto 520 de 2010 reglamenta el artículo 22 de la Ley 715 de 2001 en relación con el proceso de traslado de docentes y directivos docentes lo cual establece los siguientes criterios mínimos para tal acción:

Artículo 3ºCriterios para la inscripción. Para la inscripción en el proceso ordinario de traslados a que se refiere este Decreto, la entidad territorial certificada deberá garantizar condiciones objetivas de participación de los docentes y directivos docentes interesados y adoptará, por lo menos, los siguientes criterios:

1. Lapso mínimo de permanencia del aspirante en el establecimiento educativo en el cual se encuentra prestando el servicio como docente o directivo docente.

2. Postulación a vacantes del mismo perfil y nivel académico.

Artículo 4º. Criterios para la decisión del traslado. En el acto administrativo de convocatoria se deberán hacer explícitos, por lo menos, los siguientes criterios para la adopción de las decisiones de traslado y orden de selección:

- Obtención de reconocimientos, premios o estímulos por la gestión pedagógica.

- Mayor tiempo de permanencia en el establecimiento educativo en el cual se encuentra prestando el servicio docente o directivo docente el aspirante.

- Necesidad de reubicación laboral del docente o directivo docente a otro municipio, por razones de salud de su cónyuge o compañero (a) permanente, o hijos dependientes, de conformidad con la ley.

PARA PERMUTAS:

Cuando se trate de permuta, con estricta sujeción a la atención de las necesidades del servicio educativo, según lo establecido en el inciso 3° del artículo 22 de la ley 715 de 2001, no será autorizado el traslado por la autoridad nominadora si a uno de los dos solicitantes le faltan cinco (5) años o menos de servicio para alcanzar la edad de retiro forzoso.

En el siguiente enlace puedes consultar el decreto 520 de 2010 sobre traslados docentes

Movimiento Pedagógico Regional "LA EDUCACIÓN NUESTRA PASIÓN"

domingo, 20 de septiembre de 2020

Las 9 razones de la caravana nacional de protesta y movilización este 21 de septiembre.



Este 21 de septiembre desde lo programado por la Central Unitaria de Trabajadores CUT y el Comité Nacional de Paro CNP se llevará a cabo una caravana nacional de protesta y movilización en todo el país.

Desde la CIRCULAR N. 48 de la Federación Colombiana de Trabajadores de la Educación - FECODE se está invitando al magisterio colombiano a participar activamente, enfatizando en las 9 razones de esta manifestación.

1.  En defensa de la vida, contra las masacres, amenazas, hostigamientos, persecuciones y asesinatos de líderes sindicales.

2.    Contra la reforma laboral y pensional camuflada en el Decreto No. 1174.

3.    Exigir la negociación del Pliego de Emergencia radicado por el - CNP-

4.    Rechazo a los señalamientos y estigmatización a la Federación.

5.    Contra el regalo del presidente Iván Duque a Avianca por la suma de 1.4 billones de pesos.

6.    Oposición a la medida de la presencialidad bajo la modalidad de la alternancia.

7.    En apoyo a la huelga de los obreros de Sintracarbón contra la multinacional de El Cerrejón y otros sectores en conflicto.

8.    Contra la represión y la brutalidad policiaca.

9.    Por el cumplimiento cabal de los Acuerdos pactados.

FECODE destaca que estas caravanas podrán estar acompañadas de quien desee hacerlo a pie durante el recorrido o acompañar en el sitio de llegada el cacerolazo, acciones que se adelantarán en el contexto de la programación de la semana por la Paz. Igualmente, recomienda que en cada carro, vayan máximo dos personas durante la actividad, el distanciamiento físico y el estricto cumplimiento con todos los protocolos de bioseguridad establecidos.




En el Departamento del Huila la Asociación Sindical de Trabajadores de la Educación – ADIH desde la Circular 27 ha orientado no hacer caravanas y enfocarse en marchas cortas en las cabeceras municipales: GARZÓN. LA PLATA. NEIVA. PITALITO, resaltando que para el caso de Neiva, la marcha iniciará frente a CONFIEE y cuyo recorrido se realizará por la calle 10, hasta llegar a la Carrera 4 frente a la gobernación, insistiendo en asistir con todos los elementos de bioseguridad.


Se reitera la invitación a mantener la unidad del magisterio para avanzar en la defensa de la vida, la paz, la salud, la educación pública y los derechos del magisterio y de los colombianos.

miércoles, 2 de septiembre de 2020

Conversatorio 1: Pliego de Emergencia y Reforma Laboral. Bienvenidos

 


4 aclaraciones sobre La Pensión Gracia para los docentes


Apreciados Maestros del departamento del Huila.

Atendiendo a diversas llamadas que nos han hecho muchos docentes del departamento sobre la sentencia de la Pensión Gracia nos permitimos aclarar que:


1- Sigue siendo requisito fundamental haber trabajado por lo menos un día antes del 31 de Diciembre de 1980.



2- El Consejo de estado unificó en esta sentencia que los docentes Municipales, territoriales y Nacionalizados tiene el derecho a la Pensión Gracia.


3- Pueden solicitar este derecho aquellos docentes que ya han solicitado la pensión y aquellos docentes que no lo han hecho.


4- De tal manera que se revoca la Sentencia de 13 de Junio de 2014 proferida por el tribunal de Cundinamarca.


En Conclusión:

"De manera que para el reconocimiento y pago de la pensión gracia es indispensable acreditar el cumplimiento de la totalidad de los requisitos establecidos en la normativa que la regula, entre los que se encuentran, haber prestado los servicios como docente en planteles departamentales, distritales o municipales por un término no menor de veinte (20) años y que estuviere vinculado antes del 31 de diciembre de 1980; haber cumplido cincuenta años de edad; y haberse desempeñado con honradez, consagración y buena conducta."

 

Movimiento Pedagógico Regional "LA EDUCACIÓN NUESTRA PASIÓN"