Teniendo
en cuenta que se acerca la finalización del primer semestre académico, el rote
de información y ante las dudas generadas por los docentes en torno al
calendario académico 2021, respetuosamente y según la normatividad vigente me
permito hacer las siguientes precisiones.
1. La
competencia para modificar el calendario académico es del
Gobierno Nacional, los ajustes del calendario deberán ser solicitados
previamente por la autoridad competente de la
respectiva entidad certificada mediante petición
debidamente motivada. Art. 15 Decreto 1850
2. En el departamento del Huila está vigente la resolución 5134 del 16 de octubre de2020 que para el calendario académico 2021 en el art. 2 distribuye:
- Actividades
académicas y complementarias con estudiantes: Enero 18 a marzo 28, Abril 5 a
junio 13, julio 5 a octubre 10, octubre 18 a noviembre 28.
- Semanas
de desarrollo institucional: enero 11 a enero 27, marzo 29 a abril 4, junio 14
a junio 20, octubre 11 a octubre 17, noviembre 29 a diciembre 5.
De lo anterior, se resalta que los estudiantes oficialmente estarían en vacaciones de junio 14 a junio 20.
3. Desde lo sindical y luego de la jornada de protesta del 28 de abril, FECODE y la ADIH convocaron a los maestros a participar del paro nacional del pueblo colombiano que al día de hoy completa más de 40 días. En tal sentido y teniendo en cuenta los tiempos del paro nacional se reprogramará la recuperación según lo distribuido en el calendario académico 2021 y según la negociación con el gobierno nacional. (En lo personal, desde el magisterio se debe garantizar las estrategias y procesos pedagógicos necesarios para que los estudiantes logren sus aprendizajes y no estar sujetos meramente a tiempos exactos)
No hay comentarios:
Publicar un comentario